Mediante una serie de parámetros como la localización o la antigüedad del edificio, la Administración determina un valor monetario de forma objetiva para todos los bienes inmuebles. A esta forma de evaluar se le conoce como valor catastral de una vivienda, incluyéndose en el registro administrativo custodiado por el Ministerio de Hacienda. En dicho registro también figuran otros datos de los bienes inmuebles, como los aspectos físicos, económicos y jurídicos de relevancia de todos y cada uno de los bienes, incluyendo los especiales, como los aeropuertos, autopistas, etc. Éste se diferencia del Registro de la Propiedad por su naturaleza gratuita, pero es de obligatorio cumplimiento.
La principal característica del valor catastral es la utilidad que presenta para hacer una aproximación precisa de la capacidad económica que posee el propietario del bien inmueble. Por ello, es un valor clave utilizado para calcular la cantidad de impuestos correspondientes, sobre todo en caso del IBI (Impuestos de Bienes Inmuebles) y el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En todo momento, los propietarios tendrán acceso a la información de este valor catastral de la vivienda, pudiendo hacer la consulta en el portal de acceso público: sede electrónica del Catastro, independientemente de las características del propio bien. Dentro del portal, un usuario encontrará también la referencia catastral, un conjunto de 20 caracteres únicos que permiten tener identificada una propiedad. Este código es usado habitualmente como método de mejorar el conocimiento de un bien inmueble en casos de transacciones de realizar una compra, venta o cuestiones de herencia. La lectura de este código se puede hacer en dos partes, una más genérica y otra más compleja:
En el lado sencillo, la localización del bien está referenciada en los siete primeros dígitos de los 20, seguidos de la hoja del plano catastral, ocupando los siguientes siete. De los seis restantes, se encuentran cuatro cifras que fijan el inmueble dentro del grupo al que pertenece, que puede ser una urbanización, edificio, etc. Y los últimos dos caracteres del código son utilizados como referencias de control.
De una forma más profunda, la ubicación del edificio se genera con los dos primeros en caso de la provincia, junto con los tres siguientes para el municipio y el siguiente número indica la zona de concentración parcelaria de la vivienda. Los siguientes tres números engloban el polígono al que pertenece. Los siguientes cinco caracteres revelan a qué parcela pertenece dentro del propio polígono y los siguientes cuatro números, el propio inmueble una vez ubicada la parcela. Finalmente, los dos caracteres del final son para el control.
Aunque sea el Ministerio de Hacienda el instrumento encargado de fijar el valor catastral de todos los bienes inmuebles, los particulares también pueden hacer este ejercicio consultando los siguientes documentos: en el recibo del IBI, junto con el valor de construcción y del suelo. También se podrá en la declaración de la renta, , en la sede electrónica del Catastro mencionada previamente o en la gerencia territorial que poseen todas las provincias, siempre que se demuestre la propiedad del inmueble consultado.